Según el Tribunal Supremo de España, la cadena de custodia es el conjunto de actos que tienen por objeto la recogida, el traslado y la conservación de los indicios o vestigios obtenidos en el curso de una investigación criminal, actos que deben cumplimentar una serie de requisitos con el fin de asegurar la autenticidad, inalterabilidad e indemnidad de las fuentes de prueba.
Concretamente, la cadena de custodia digital es el procedimiento que permite de manera inequívoca conocer la identidad, integridad y autenticidad de los vestigios o indicios digitales relacionados con un acto delictivo, desde que son encontrados hasta que se aportan al proceso como pruebas.
La finalidad de la cadena de custodia es, según afirma el propio Tribunal Supremo, garantizar la exacta identidad de lo incautado y de lo analizado
Se ha de tener en cuenta que, dentro del momento procesal oportuno, se pueden impugnar las pruebas aportadas al proceso por las demás partes. En este momento clave es donde debemos tener claros los requisitos que debe cumplir la propia prueba digital, ya sea para poder sustentar aquella que ha sido aportada por nuestra parte, ya sea para poder impugnar la que ha sido presentada por la parte contraria con unos argumentos de peso.
Por ello, debemos asumir que para la presentación de la prueba digital tenemos que garantizar que se cumple con la autenticidad e integridad de la misma y, sobre todo, con la llamada cadena de custodia de la prueba digital.
La cadena de custodia de la prueba digital es la clave del éxito en el procedimiento judicial y se puede definir como aquel camino que sigue la prueba desde su obtención hasta su presentación ante el juez. En este proceso la prueba pasa por los diferentes eslabones de una cadena. Así, entendemos por eslabón los distintos personajes que la manejan, el medio de obtención, lo que se ha hecho con ella desde su localización y cuándo, quedando todo ello debidamente documentado en la hoja de ruta.
El cumplimiento de la cadena de custodia de la prueba digital permitirá que el juzgador pueda valorar la misma sin ápice de duda y quede reflejada su integridad y fiabilidad desde que se obtiene la evidencia hasta que se presenta en el procedimiento para su valoración judicial mediante el preceptivo informe pericial.
¿Necesitas conocer más sobre la prueba digital? Ponte en contacto conmigo y resolveré tus dudas.